Diferencias entre depósito aduanero y depósito distinto del aduanero

Tanto los depósitos aduaneros como los distintos del aduanero comparten similitudes que pueden generar confusión, pero cada uno tiene funciones particulares. A continuación, explicamos las diferencias del régimen de depósito aduanero.

Un depósito aduanero es un almacén logístico donde se almacenan mercancías importadas o exportadas entre países por tiempo ilimitado con ventajas fiscales.

Se clasifican como:

  1. Depósitos aduaneros: Custodia temporal de mercancías, bajo administración aduanera.
  2. Depósitos distintos del aduanero: Zona libre de impuestos que permite la importación de ciertas mercancías de fuera de la UE.

Elegir uno u otro impacta la competitividad empresarial. El depósito aduanero está exento de IVA y otros impuestos si no se comercializa de inmediato.

Depósito aduanero

Espacio logístico para almacenar mercancías extracomunitarias indefinidamente, aplazando el pago de impuestos hasta su salida.

Bajo control de la Agencia Tributaria y requiere autorización.

Tipos:

  • Públicos: Disponibles para cualquier empresa.
  • Privados: Uso exclusivo de la empresa titular autorizada.

Ventajas:

  • Estancia ilimitada.
  • Pago de impuestos solo al salir del almacén.
  • Importación sin derechos de aduana.
  • Traslado de impuestos a los compradores.
  • Entradas y salidas parciales.

Recomendado para:

  • Empresas con mercancías de rotación baja/media.
  • Comerciantes que necesitan stock cercano a sus clientes.
Depósitos Aduaneros en España

Conocer las diferencias entre tipos de depósitos es clave para elegir el más adecuado según la actividad empresarial.

Depósito distinto del aduanero

Almacén fiscal que beneficia a empresas con número de IVA español. Permite almacenar mercancías sin pagar el IVA por adelantado.

Ventajas:

  • No requiere pasar por aduanas.
  • Mayor agilidad en trámites aduaneros.
  • Suspensión de aranceles.
  • No aplica medidas de política comercial.
  • Recepción y agrupación parcial.
  • Exportación directa autorizada desde el local EMA.

Zona libre de impuestos que permite importar desde fuera de la UE:

  • Productos sujetos a impuestos especiales desde Canarias.
  • Mercancías reguladas por el artículo 65.c de la Ley del IVA.

Recomendado para:

  • Importadores que manipulan o clasifican mercancías.
  • Fabricantes que no son exportadores directos.

En resumen:

  • Limitación territorial: El aduanero maneja mercancía extracomunitaria; el otro requiere número de IVA español.
  • Exención de impuestos: En el aduanero no se pagan hasta salida; en el otro no se paga IVA al comprar o vender.

La elección dependerá de la empresa, su negocio y características.